Aunque no es muy conocido existe un modalidad de seguro para aquellas personas que deciden poner sus viviendas en alquiler. Este seguro no solo cubre los daños materiales o roturas que pueda ocurrir en la vivienda, sino que también cubre los posibles impagos mensuales que pueda generar el arrendatario.
Entre las coberturas más destacadas que podemos ver en este seguro son:
- Daños causados a la vivienda: está cobertura brinda protección frente a actos vandálicos que pueda crear el arrendatario, como el deterioro del mobiliario, el robo de elementos de la vivienda.
- Pérdida de alquiler: cuando la vivienda sufra algún tipo de daño que impida su normal arrendamiento durante un tiempo determinado, este tipo de cobertura prevé la indemnización para cubrir las pérdidas económicas.
- Defensa jurídica: es la garantía que cubre la defensa y asistencia jurídica frente a impagos o daños por parte del arrendatario a la vivienda. También tener en cuenta que esta cobertura no se aplica a casos de desahucios.
- Protección de impago: este tipo de cobertura indemniza al arrendador por impago de las mensualidades, normalmente de las ultimas doce.